Las negociaciones por la integración del gabinete que acompañará al gobernador electo Maximiliano Pullaro demandan conversaciones incesantes. La temprana instalación pública de nombres para cubrir los principales cargos ministeriales generó expectativas y alta ansiedad; tanta, que el propio mandatario electo dijo este jueves que los nombres recién se darán a conocer a días de su asunción, prevista para el 10 de diciembre.
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El radicalismo intensifica conversaciones para conformar el equipo de gobierno. El Socialismo no logró una síntesis en la propuesta de integración de espacios, y cada sector conversa de manera unilateral con el gobernador electo. Más reuniones de transición la próxima semana, después del encuentro entre Pullaro y Perotti, con el río Coronda como telón de fondo.



Puertas adentro del frente que administrará la provincia durante el próximo período, el tema genera las tensiones lógicas. Son quince partidos, y cada fuerza, con sus propios sectores internos. De hecho, una de las novedades de la semana pasó por el Socialismo que no logró sintetizar como fuerza una única posición en el diálogo con Pullaro sobre cómo y a quiénes sumar desde ese sector al equipo de gobierno.
El Poder Ejecutivo dictó el decreto 1.092 por el cual fijó en el 30% el máximo incremento anual para la renovación de los contratos que realice la Administración Centralizada o Descentralizada. Hasta el momento regía un decreto del año 2022 que permitía renovaciones con subas anuales de hasta el 45%.
El mismo decreto establece que sólo se podrá presupuestar el gasto y/o adjudicar por un monto que implique un porcentaje de incremento mayor al 30% cuando el pedido esté acompañado de un informe fundado de la autoridad máxima de la jurisdicción o entidad. En estos casos la gestión deberá instrumentarse por un decreto específico del Poder Ejecutivo.
La decisión firmada por el gobernador Maximiliano Pullaro y los ministros de Economía, Pablo Olivares, y de Gobierno e Innovación, Fabián Bastia, actualiza la reglamentación de un artículo -el 116- de la Ley N° 12.150, la de Administración, Eficiencia y Control del Estado.
El régimen de contrataciones de bienes y servicios en la provincia se encuentra regulado en el Título III, Capítulo I de la mencionada norma clave para la administración del Estado santafesino. Sucesivos decretos fueron modificando montos o porcentajes para la contratación directa e incluso estableciendo el esquema de autoridades competentes para suscribir los actos de aprobación de los pliegos de bases y condiciones particulares y de adjudicación de las contrataciones.







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